Cómo quedó el RIGI tras los cambios en el Senado

Cómo quedó el RIGI tras los cambios en el Senado

El Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones era uno de los puntos más polémicos de la Ley Bases, y se presentaba como uno de los puntos rojos que, en principio, muchos senadores no apoyarían. Para que el régimen de atracción de inversiones no muriera antes de llegar a la orilla, el gobierno debió aceptar algunos cambios.

Las modificaciones estuvieron en boca del presidente provisional del Senado, Bartolomé Abdala, quien anunció que nuevos rubros económicos se sumaban al régimen especial.

De esta forma quedaron: infraestructura, energía, tecnología, forestal, minería, petróleo, gas, siderurgia y turismo como todas las industrias que podrían beneficiarse del RIGI, en la medida que realicen inversiones superiores a los 200 millones de dólares.

Los proveedores argentinos también lograron ser atendidos en sus demandas, ya que uno de los principales reclamos era la posibildad de importar libremente todo tipo de material necesario para la producción.

Asimismo, las exportaciones que se produzcan a raíz de inversiones adheridas al régimen, y realizadas a través de los VPU (Vehículos de Proyecto Único), tendrán un porcentaje de excepción para su ingreso en el mercado de cambios:

  • 20% luego de transcurrido 2 años contados desde la fecha de puesta en marcha del VPU
  • 40% luego de transcurrido 3 años contados desde la fecha de puesta en marcha del VP
  • 100% luego de transcurrido 4 años contados desde la fecha de puesta en marcha del VPU

“Las divisas exceptuadas de la obligación de ingreso y liquidación en los términos precedentes serán de libre disponibilidad para los VPU”, asegura el proyecto en su nueva redacción.

El artículo 205 también sufrió modificaciones con el objetivo de que las acciones, cuotas o participaciones sociales de los VPU que se hayan sumado al régimen puedan ser objeto de negocios jurídicos de garantía.

Así los activos quedan habilitados directa o indirectamente para ser ser transferidos sin que la autoridad de aplicación lo habilite previamente, solamente teniendo que informarle dentro de los 15 días corridos siguientes de ocurrido.

Por último, en el artículo 175 se propuso “morigerar el procedimiento de aprobación de un VPU para evitar que, por cuestiones de estricto rigorismo formal, se rechacen proyectos o la administración incumpla plazos de por sí, muy exiguos”.

De esta manera, la autoridad de aplicación tendrá un plazo de 45 días para para expedirse en rechazo o aprobación de la solicituud de ingreso al régimen. Después de cinco días hábiles de su emisión, la aceptación o el rechazo deberán ser informados por la misma autoridad.

Con estos cambios, que implican reformas en su alcance y modificaciones en los beneficios otorgados y las obligaciones, el gobierno tiene su apuesta para reactivar la economía a través de la inversión privada. Empresarios del rubro minero demandaban esta herramienta para poner a funcionar diversos proyectos con los que cuenta el país y necesitan grandes inversiones para activarse.