El Gobierno nacional oficializó la reglamentación del RIGI: todos los detalles

El Gobierno nacional oficializó la reglamentación del RIGI: todos los detalles

El Gobierno nacional reglamentó este viernes el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) que incluye proyectos que demanden un mínimo de US$200 millones como inversión e impacta en ocho sectores de la actividad económica.

Entre otras cosas, el RIGI ofrece una serie de facilidades impositivas, de acceso a importaciones y al mercado de cambios, además del manejo de utilidades y flujo de fondos en el exterior. La reglamentación se hizo oficial a través del Decreto 749/2024 que se publicó hoy en el Boletín Oficial.

Los segmentos que podrán gozar de los beneficios de la norma son: forestoindustria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía, y petróleo y gas.

La reglamentación aclaró que las inversiones en este último sector destinadas a transporte y almacenamiento deben superar los US$ 300 millones, mientras que aquellas orientadas a la exploración y explotación deberán ser mayores a US$ 600 millones.

Dentro de cada segmento además se indican actividades específicas. Por ejemplo, en el caso del sector minero incluye la “prospección, exploración, desarrollo, extracción y explotación de minerales”.

En el rubro energético incluye la “generación, almacenamiento, transporte y distribución de energía eléctrica de fuentes renovables y no renovables y otras energías bajas en carbono”.

Por último, en el sector petroleros y de gas apuntalará a aquellos proyectos de “construcción de plantas, transporte y almacenamiento de hidrocarburos, petroquímica, licuefacción de gas natural y exploración/explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos”.

Asimismo, incluye la creación de nuevas entidades como el Registro de Proyectos de Exportación Estratégica de Largo Plazo y el Registro de Proveedores del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones. Las empresas que quieran adherir tendrán dos años para hacerlo y el Ejecutivo quedará autorizado a extender ese plazo hasta un año.

Entre los beneficios más importantes habrá una reducción del impuesto a las Ganancias al 25%, se implementará una amortización acelerada de bienes muebles e infraestructura, los saldos de IVA se devolverán en un plazo no mayor a tres meses.

Además, se permitirá el cómputo del 100% del impuesto al cheque crédito en Ganancias. También, las compañías gozarán de exenciones en el pago de derechos de importación y durante los primeros tres años no se pagarán derechos de exportación.

El régimen también establece facilidades para la liquidación de divisas que ingresen por exportaciones que serán de 20% luego de dos años iniciada la inversión, 40% después de tres años y 100% luego del cuarto año.

En caso de exportaciones declaradas como “Exportación Estratégica de Largo Plazo”, los plazos son los siguientes:

Veinte por ciento (20%) luego de transcurrido un (1) año contado desde la fecha puesta en marcha de los Vehículos de Proyecto Único (VPU);

Cuarenta por ciento (40%) luego de transcurrido dos (2) años contados desde la fecha puesta en marcha del VPU;

Ciento por ciento (100%) luego de transcurrido tres (3) años contados desde la fecha de puesta en marcha del VPU.