Cómo quedó el régimen de Ganancias para los trabajadores petroleros: quiénes ganan y quiénes pierden

Cómo quedó el régimen de Ganancias para los trabajadores petroleros: quiénes ganan y quiénes pierden

La reglamentación por parte del gobierno del Impuesto a las Ganancias trajo consigo varias polémicas, producto de que desvirtuaron el espíritu original que la ley traía del recinto del Congreso. Por caso, los operarios petroleros que trabajan en las tareas de mantenimiento, exploración, y explotación de yacimiento denominado trabajadores “en boca de pozo” estarán exentos del impuesto.

No corre la misma suerte para los empleados administrativos y jerárquicos de los emprendimientos, que pagarán la reimposición del impuesto.

La ley aprobada por el Congreso mantuvo la eximición para los trabajadores petroleros, pero el Gobierno en la reglamentación eliminó esa exención para los trabajadores administrativos y todo el personal jerárquico de esas firmas, con lo cual casi un cincuenta por ciento de la actividad pagará ganancias.

El decreto 652 finalmente consideró personal que trabaja en la producción de la actividad petrolera a los trabajadores que se desempeñan en la exploración petrolífera o gasífera; en las tareas desempeñadas en boca de pozo y afectadas a la perforación, terminación, mantenimiento, reparación, intervención, producción, servicios de operaciones especiales y servicios de ecología y medioambiente en los pozos petrolíferos o gasíferos.

También determina que quedan incluidos dentro del concepto de “personal de pozo” a los trabajadores que hacen tareas de mantenimiento de instalaciones que sean necesarias para la producción de hidrocarburos y labores que fueran necesarias para la exploración y producción de hidrocarburos”.

“En ningún caso el personal administrativo” califica como “personal de pozo”, agrega y tampoco deberá considerarse a todo otro personal directivo.